Para Combatir la Colusión Chile merece algo mejor que la Ley Express que nació hoy
La normativa aprobada hoy es sólo para “la tele”
Una “Ley Express” fue la que la Cámara Baja aprobó hoy para frenar los delitos de colusión.
Con esta normativa que deberá seguir ahora los trámites constitucionales siguientes, se pretende proteger a los consumidores de la usura empresarial.
Me doy la libertad de expresar mi pesimismo: nunca las leyes express, “en caliente”, han sido las más pertinentes.
Hoy se dio curso rápido, con un chasquido de dedos, a una iniciativa que “reposó” por 7 meses en la Comisión de Constitución y que ahora ante el escandaloso Confortgate, el Gobierno le aplicó suma urgencia.
7 meses que significan que las empresas Matte y su socio noruego pagarán al fisco por haber depredado al consumidor multas equivalentes a un trasnochado paquete de cabritas.
La propuesta legal repone la pena de cárcel para esta asociación ilícita a la vez que eleva las multas para las empresas involucradas.
La reclusión para los involucrados va de 5 a 10 años pero para los artículos de primera necesidad, la cárcel tiene una base de 7 años y 6 meses.
En materia de multas, se plantean 2 alternativas que podrían significar calcular esta sanción en montos que representen el doble a la ganancia obtenida o el 30% de las ventas totales en el periodo afectado por esta mala práctica.
Todo hasta ahí suena muy bonito.
A mí me huele como “saludo” para la tele. Servirá para cuña de los parlamentarios- de izquierda y de derecha- y del Gobierno que ahora sacarán la voz y el pecho mostrando al consumidor- el gran perdedor-que están cumpliendo con su trabajo.
Siempre está la sospecha sobre la legislación que se hace “en caliente”, aquella de reacción, cuando los Poderes Públicos que debieron anticiparse con las normativas, son sorprendidos por escándalos como el Confortgate.
Y sólo entonces se apresuran a normar, esto es, a “la rápida” cuando el riesgo de desprolijidad está latente y que se hace realidad a través de encontrarse con leyes con vacíos o simplemente inoperantes.
El mayor umbral que se pretende aplicar a los delitos de colusión con penas de cárcel y mayores multas, no tendrá ningún sentido si no se fortalece el sistema de los entes fiscalizadores de la libre competencia.
La institucionalidad reguladora existe, variada y numerosa, pero nuestro problema no es cuestión de números.
Las organizaciones inquisidoras requieren de atribuciones, capacidad de acción y autonomía para que cumplan su rol.
De lo contrario, funcionan también “para la tele”, para que creamos que tenemos fiscalización sobre empresas incapaces de actuar con ética si no son monitoreadas.
Y entonces surgirán estas conductas abusivas como la de la CMPC que ha generado un fuerte daño al país y a los chilenos.
¿Contamos con una real fiscalización?
No deberíamos ni preguntarlo, sabemos que no. Ejemplos hay muchos. Todas las Superintendencias son incapaces de un buen desempeño por falta de recursos, atribuciones y equipo humano.
Y con respecto a la necesaria autonomía, tenemos recientes heridas latentes sobre el vergonzoso “amarre” de personas e instituciones. El pisoteo del Poder en pleno.
Mencionemos uno muy bochornoso: el Servicio de Impuestos Internos que ha estado amarrado de manos, pies, boca y ojos en la investigación sobre los Casos Caval, Soquimich y Penta.
En uno de sus artículos publicados hoy,el Diario “El Mostrador”, el abogado querellante en el caso Caval, Mario Zumelzu, lamentaba que el Servicio de Impuestos Internos no se hiciera parte de este escándalo y llamaba a la Presidenta que “hiciese realidad el que todos somos iguales” frente a la imposibilidad de pedir el procesamiento de la nuera de la mandataria, Natalia Compagnon. El jurista pedía que “el servicio -cuyo director es un funcionario de su confianza- tenga la libertad para hacer lo que tiene que hacer, que no es otra cosa que presentar una querella por delitos tributarios”.
Es bastante fuerte lo que expresa el abogado y pensemos que son funcionarios intermedios del Gobierno y no la propia mandataria quienes están detrás de la inacción del SII.
Lo contrario significa que ese servicio es definitivamente incompetente.
Pero lo cierto es que transcurridos varios meses de los procesos sobre estos casos de corrupción, las sospechas apuntan al SII como un servicio cautivo del poder central, del cual depende.
El SII es un organismo fiscalizador del dinero que fluye de las organizaciones públicas y privadas y requiere de autonomía para ejercer su labor, como todos los restantes entes reguladores.
Impuestos Internos es el ejemplo más elocuente que iniciativas como la que ahora despachó la Cámara Baja para endurecer las penas sobre el delito colusión no funcionan si en el país no se practica una cirugía mayor a todo el complejo entramado que implica seguir con el modelo de la Libre Competencia, para que éste funcione a favor del consumidor.
Y eso incluye a los organismos fiscalizadores.
De lo contrario, seguirán metiendo la mano al bolsillo de los usuarios de forma impune.
En Estados Unidos, contrario a lo que se ha dicho, las multas son elevadas, pero nunca se trata de siderales cifras.
Las sanciones en dinero tienen un límite de 10 millones de dólares y eso debe ser porque tienen mayor confianza en la actuación de la institucionalidad controladora, cuya competencia resulta básica para el juego de la libre competencia y también para que no se generen alianzas perversas entre los sectores público y privado como las que hoy están en los tribunales.
Estados Unidos cuenta con un entramado para que la normativa e instituciones colaterales a las directamente vinculadas a la libre competitividad concurran a cautelar el cumplimiento de las disposiciones para operar en el mercado.
Por ejemplo, se permite que los particulares puedan demandar.
Probablemente en Chile también la legislación lo permite pero, por los elevados costos que representan estas acciones judiciales, debiera haber respaldo subsidiario del Gobierno, de lo contrario es ley muertaen el acceso a los consumidores.
En el Año 2000, los tribunales norteamericanos, ante una posición muy dominante de Microsoft, lograron establecer que esta multinacional había incurrido en prácticas de colusión y monopolio. Dos figuras anticompetitivas a la vez.
El Tribunal Federal y luego otros 18 estados del país se le dejaron caer en un proceso que se extendió por 2 años- periodo breve para la complejidad del caso versus otros de menor envergadura en Chile que demoran de 5 a 10 años.
Finalmente el Tribunal falló y ordenó que la empresa disolviera una privilegiada posición vertical y por tanto Microsoft debió separar su División Operativa de la Unidad de Aplicaciones que operaban al unísono para depredar el mercado.
Hubo otras sanciones asociadas que significaron disposiciones transitorias que se aplicaron durante 3 años para ordenar la relación que este gigante informático sostenía con sus clientes.
La mirada legislativa que hoy tardíamente viene a revisar el Parlamento chileno debe ser largoplacista y analizada con la profundidad que merece una legislación que va a intervenir e interactuar en un sistema tan complejo como el de la libre competencia y en organizaciones tan poderosas como lo son las megaempresas, consorcios, multinacionales y holdings.
Lo más inconveniente es que los parlamentarios- al calor del mediatismo alcanzado por el Confortgate- elaboren, como señalábamos al comienzo de este artículo una “ley express”, para decir que han saldado su deuda con los consumidores en su desidia como gobernantes y legisladores.
Por el contrario, debiera cautelarse en el proyecto que hoy revisó el Parlamento que fuese el resultado de un análisis profundo, mayor e integrador sobre la cuestionada Libre Competencia que hoy opera en Chile, cuyo marco legal y controlador sólo juega a favor de los empresarios.
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